La Junta de Gobierno del COAC, en sesión celebrada el 26 de junio, ha aprobado un plan de acción de regularización de la inscripción colegial de las sociedades profesionales.
El artículo 8 de la Ley 2/2007, de 15 de marzo, de Sociedades Profesionales establece que las sociedades profesionales se tendrán que inscribir en el Registro de Sociedades Profesionales del Colegio Profesional que corresponda en su domicilio.
El artículo 8 de la Ley 2/2007, de 15 de marzo, de Sociedades Profesionales establece que las sociedades profesionales se tendrán que inscribir en el Registro de Sociedades Profesionales del Colegio Profesional que corresponda en su domicilio.
2019-07-04 10:58