© Col·legi d'Arquitectes de Catalunya (COAC)
Como anunciamos a principios de año, el Reglamento (UE) 2016/679 de 27/04/2016 -conocido como GDPR en inglés o RGPD en catalán y castellano- se aplica directamente a toda la Unión Europea desde el 25 de mayo de 2018, y deben cumplirlo todas las personas físicas o jurídicas que ejercen actividades profesionales o empresariales, y todas las demás entidades privadas o públicas, así como todas las administraciones que tratan datos personales de personas residentes en la UE.
Como otros profesionales, los arquitectos que ejercen profesionalmente, así como sus sociedades profesionales, deben cumplir con el RGPD y tener muy presentes sus principios, más fáciles de cumplir que los de la LOPD porque se eliminan formalidades como tener que registrar los ficheros en la Agencia de Protección de Datos, pero más restrictivos porque los derechos están protegidos de forma intensa y severa.
Como otros profesionales, los arquitectos que ejercen profesionalmente, así como sus sociedades profesionales, deben cumplir con el RGPD y tener muy presentes sus principios, más fáciles de cumplir que los de la LOPD porque se eliminan formalidades como tener que registrar los ficheros en la Agencia de Protección de Datos, pero más restrictivos porque los derechos están protegidos de forma intensa y severa.
Consulta el resumen elaborado por la Asesoria Jurídica del COAC, dirigido a los arquitectos colegiados, donde se explican las novedades que incropora el nuevo RGPD (obtención y tratamiento de datos personales, derechos de las personas titulares, obligación de informarles y de obtener su consentimiento de forma inequívoca, etc).
Accede a la Guía rápida para cumplir con el RGPD (es necesario estar loginado).